Guerra al #Coronavirus: Simulacro de aislamiento preventivo paralizará a Boyacá desde el mediodía de este viernes


En Bogotá el toque de queda arranca a las 12 de esta noche. Santander se une a esa medida

Varios departamentos del país, entre ellos Boyacá y Santander, se unieron a la convocatoria de la alcaldesa de Bogotá, para desarrollar un simulacro de aislamiento a partir de este viernes 20 de marzo.

Para el caso de Bogotá la parálisis arranca a las doce de esta medianoche, mientras que en el departamento de Boyacá la limitación a la movilidad ciudadana se desarrolla desde las 12 del mediodía de este viernes.

Precisamente, el gobernador de Boyacá, Ramiro Barragán Dame emitió el Decreto 192 del 19 de marzo de 2020, "Por el cual se ordena un simulacro de aislamiento preventivo en el marco de las medidas especiales de contención del Covid 19 en el departamento de Boyacá y se dictan otras disposiciones".

El Artículo Primero señala: Restringir la movilidad de los habitantes, residentes y visitantes que se encuentren en jurisdicción del Departamento de Boyacá, en el sentido de limitar su libre circulación durante el periodo comprendido entre las doce horas (12:00 M) del día viernes 20 de marzo de 20202, hasta las 12 de la noche del lunes 23 de marzo de 2020.

Las siguientes son las excepciones que contempla la aplicación de esta medida:

a.      Menores de edad que deban asistir a citas médicas, exámenes, controles médicos, terapias, urgencias médicas y en general cualquier situación encaminada a garantizar la protección de sus derechos fundamentales.

b.      Toda persona que de manera prioritaria requiera atención de un servicio de salud.

c.       Personal de atención de emergencia médica y domiciliaria de pacientes, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora de servicios a la cual pertenecen.

d.      Movilización de enfermos, pacientes y personal sanitario (médicos, enfermeras, personal administrativo de clínicas y hospitales), encargados de la distribución de medicamentos a domicilio, gases medicinales y servicios funerarios.

e.      Servidores públicos y personal cuyas funciones o actividades estén relacionadas con la preservación del orden público, organismos de emergencia y socorro del orden nacional, departamental, municipal y similares.

f.        Miembros de la Fuerza Pública, Ministerio Público, Contralorías, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del pueblo, Cuerpos de Bomberos, Rama Judicial, organismos de socorro y Fiscalía General de la Nación.

g.      Trabajadores dedicados a la adquisición, producción, transporte, industrias y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y productos de primera necesidad, esto incluye el almacenamiento y distribución para venta al público.

h.      Personal adscrito a empresas de vigilancia y seguridad privada.

i.        Distribuidores de medios de comunicación y periodistas debidamente acreditados.

j.        Los trabajadores de farmacias, debidamente certificados por su empleador.

k.       Movilización de mascotas por emergencia veterinaria.

l.        Personal operativo y administrativo de los terminales de transporte, conductores, personal administrativo y viajeros del servicio de transporte intermunicipal, debidamente acreditados.

m.    Personal de las empresas concesionarias o prestadoras de servicios públicos en el departamento, debidamente acreditados y que se encuentren en desarrollo de su labor en este horario.

n.      Todo tipo de carga y material necesario para garantizar la continuidad en la operación de los servicios públicos asociados al sector energético e hidrocarburífero.

o.      El transporte de carga de animales vivos, víveres, alimentos y bebidas, bienes perecederos, productos de aseo y suministros médicos, transporte de productos agrícolas, materia prima e insumos para la producción industrial y agropecuaria.

Artículo Segundo: A las niñas, niños y adolescentes que se encuentren sin la compañía de sus padres, o la(s) persona(s) en quienes recaiga su custodia, durante el tiempo de que trata el artículo primero del presente Decreto, serán aplicados los procedimientos establecidos por el Código de Infancia y Adolescencia, para garantizarles sus derechos.

Artículo Tercero: Las anteriores medidas constituyen orden de policía y su cumplimiento dará lugar a la aplicación de los artículos 222 y 223 de la Ley 1801 de 2016, sin perjuicio de lo dispuesto en el 368 de Ley 599 de 2000.

Artículo Cuarto: Los alcaldes y demás autoridades de policía deberán adoptar las medidas tendientes a dar efectivo cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.

El gobernador de Boyacá, Ramiro Barragán Adame fu enfático en señalar que todas estas medidas buscan frenar el ingreso del peligroso virus a Boyacá, uno de los departamentos donde no se ha presentado el primer caso.

Gobierno de Santander se une a este simulacro

Por su parte, el gobernador de Santander, Mauricio Aguilar Hurtado, anunció en su cuenta de Twitter que se acoge a esta propuesta y en consecuencia los habitantes del departamento deberán guardar quietud durante estos cuatro días.

MAURICIO AGUILAR H.

@MAguilarHurtado

 

7h

Santandereanos: Durante el fin de semana entraremos en toque de queda obligatorio. No es momento de vacaciones, es tiempo de autocuidarnos, velar por nuestros menores de edad y adultos mayores. Sigamos las medidas de prevención del virus COVID-19. #UnidosParamosElCoronavirus

 


El hospital Regional de García Rovira de Málaga también viene tomando medidas especiales y es así como las anunció en su cuenta de Twitter:

Hospital Regional García Rovira te etiquetó en una foto

Hospital Regional García Rovira

@hrgarciarovira

 

1h

Prestos a hacerle frente a la amenaza del Covid-19, nuestra Institución continúa formando a los Usuarios en lavado de manos, además de la adquisición de kits completos para la atención de casos de infecciones respiratorias asociadas a coronavirus. #SomosMásHRGR #QuédateEnCasa

 

Vale señalar que, entre las medidas adicionales del gobierno nacional, está la prohibición del ingreso al país de viajeros por vía aérea, incluyendo a los propios colombianos, medida que se hará efectiva a las cero horas de este lunes 23 de marzo. 

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